Hola de nuevo:Aleluya. Parece ser que por fin nos hemos dado cuenta de que hay que movilizarse y la llamada
"Marea Naranja" se extiende allende el territorio español como azafrán por paella dominical. En Almería estamos en ello, búscanos en facebook "Marea Naranja Almería".Pero no es mi intención hablar sobre este tema, del que supongo que facebook y demás te tendrán al tanto. Mi entrada de hoy quiero dedicarla al
nuevo Código Deontológico de la profesión, que acaba de aprobar el Consejo General, tras un intenso trabajo con los diferentes colegios profesionales. Buena labor la que han realizado las compañeras y compañeros, sí señor.Me he leído los dos Códigos (también me leí en su día El Código Da Vinci, un "best seller" ¡ja!) y he realizado una breve comparativa; la verdad es que el antiguo, aprobado en 1999 no respondía a la realidad actual, tal y como se explica en su preámbulo: "El desarrollo de nuestra profesión a lo largo de estos años, puso de manifiesto la necesidad de adaptar el código deontológico a las nuevas realidades sociales, a los nuevos usos de las tecnologías de la información y la comunicación y a las nuevas circunstancias legislativas del siglo XXI".La estructura es bastante más sencilla y se organiza en torno a
cinco capítulos. Del primero, destacar que el Art. 5, que es el que define el Trabajo Social, será modificado porque la FITS tiene previsto realizar una nueva definición del Trabajo Social (espero que más operativa que la existente, que no hay quien la explique y menos quien la memorice, omá).El
Capítulo II contiene los
principios de la profesión; me gusta mucho la manera en que se han distribuido y redefinido. Dichos principios se agrupan en dos categorías:
principios básicos y principios generales. Los principios básicos son:1.- Dignidad. La persona humana (¿hay otras clases de personas? bueno sí, Rato, Botín, Esperanza Aguirre...), única e inviolable, tiene valor en sí misma con sus intereses y finalidades.2.- Libertad. La persona, en posesión de sus facultades humanas, realiza todos los actos sin coacción ni impedimentos.3.- Igualdad. Cada persona posee los mismos derechos y deberes compatibles con sus peculiaridades y diferencias.Sobre los principios generales, que son 17, subrayar la diferenciación entre individualización y personalización, que me parece muy interesante ya que el primer término se refiere a la relación teniendo en cuenta las particularidades de cada persona y el segundo exige reconocer el valor de la persona no como objeto de la intervención, sino como sujeto. También me ha parecido destacable la diferenciación entre autonomía y autodeterminación, muy en boga en los libros de ética (¡cómo me ha quedao, madre!).El
Capítulo III , por su parte, hace referencia a los
derechos y deberes de los trabajadores sociales, diferenciando tres aspectos:
- Con la persona usuaria.
- Con otros profesionales.
- Con las instituciones.
Aquí debo hacer una objeción, o, más bién, una sugerencia: ¿Cuándo vamos a sustituir el término usuario? Me parece de lo más inadecuado, otro día explico por qué, que si no me voy por los cerros de Úbeda (preciosa ciudad con iglesia renacentista y todo).Lo mejor, a mi juicio, del Código nuevo se contiene en el
Capítulo IV La confidencialidad y el secreto profesional itachaaan!. Aquí clasifica los deberes (ojéalo, está muy bien) y además se ha afinado bastante en lo que respecta al secreto profesional, sobre todo en lo referente a los supuestos de exención, y completa este apartado con un pequeño modelo de resolución de dilemas éticos, por así decir, que es este:Artículo 55.- En caso de duda en la aplicación de los principios y supuestos antes indicados para la ruptura del secreto profesional se atenderá jerárquicamente a los siguientes principios:a. Prioridad de protección de los derechos fundamentales de la persona usuaria o terceros especialmente protegidos por la Ley.b. Principio de seguridad.c. Principio de libertad de decisión.Para finalizar, el
Capítulo V regula las Comisiones Deontológicas, otro aspecto que echo mucho en falta en el desempeño diario y que me parece fundamental en nuestra profesión.Lo dicho. Me parece un buen trabajo, exceptuando algún matiz. Ahora lo que toca es imprimirlo y tenerlo a mano en el despacho. Recomendaré a mis compañeros de fatigas que se lo lean para comentarlo después. En mi centro, de vez en cuando, nos reunimos para dirimir algún problema de tipo ético, considero que es una buena praxis que te propongo que pruebes.Hale, soy una campeona, me he empapado el código, he escrito el blog y he sobrevivido a una semana más del larrrrgo Año Mariano, tal y como dice una persona (humana) que me lee. Po zí, creo yo que me merezco una cervecica; afortunadamente mi dietista (sí, lo confieso, estoy a dieta) no sabe ni que el blog existe, que si se entera de que bebo a escondidas ¡boooomba!Hasta la semana que viene.
¿Tú que opinas?