Tal y como adelanté la semana pasada, hoy quiero abordar un tema que me tiene muy preocupada, aunque ahora que lo pienso ¿por qué digo preocupada cuando quiero decir cabreada?; me refiero a la indefensión legal que padecen las personas mayores, en la práctica, cuando se encuentran en situaciones de abandono, maltrato, incapacidad o expolio patrimonial.
Me gustaría comenzar aclarando que voy a obviar el enfoque teórico: modelos de intervención, visiones sobre la vejez, dilemas éticos y demás. Mi objetivo es analizar cómo (no) se tratan estas situaciones desde el ámbito legal.
¿A qué situaciones me refiero?
Veamos, para saber de lo que estoy hablando, tres ejemplos paradigmáticos en mi opinión (como siempre, los datos de identificación se han distorsionado mucho, pero mucho, mucho):
- Fast and furious
Pedro es un vecino de Laujar de Andarax, soltero, sin hijos ni familia en el municipio que tiene 83 años y toda su vida ha trabajado como pastor. A pesar de residir en una infravivienda y contar con unos ingresos muy escasos nunca ha querido recibir ningún tipo de apoyo de los servicios sociales (no tiene reconocimiento de dependencia ni siquiera historia abierta). Pedro actualmente tiene una demencia grave que lo tiene completamente desorientado: deambula continuamente por el municipio de madrugada con ropa inadecuada para el clima (ya ha sido atropellado por un coche), no come y la vivienda despide un olor nauseabundo desde fuera ya que no permite la entrada. La policía local lo ha encontrado en los sitios más recónditos, como a diez km. de su vivienda, desorientado y cansado. Los vecinos están muy preocupados por Pedro y no dejan de venir a los servicios sociales a “denunciar” el abandono que sufre.
- Los lunes al sol.
Gádor es una vecina de Berja, de 79 años de edad (dependiente grado III) que reside con su marido en una vivienda en óptimas condiciones de habitabilidad y era atendida muy adecuadamente por su hija, cuyas viviendas se comunican por un patio. Todo iba bien hasta que Gádor fue diagnosticada de demencia de tipo vascular y comenzó a dejar de comer, no tomar la medicación, mostrar un comportamiento agresivo con su marido, también dependiente, y, lo peor, se ha obsesionado con estar todo el día sentada al sol en la puerta de la casa, razón por la cual tiene quemaduras y problemas cutáneos. Su familia está desesperada porque, a pesar de querer cuidarla en casa, la demencia hace imposible la convivencia, sobre todo por las agresiones al marido, físicamente muy débil.
- Atraco a las tres
José es un anciano de 82 años, viudo, sin hijos, en silla de ruedas, que reside con su hermano Francisco, soltero, de 78 años, sordo. Ambos se encuentran bien desde el punto de vista cognitivo y ambos son dependientes en grado II. Con los dos se acordó prescribir Servicio de Ayuda a Domicilio y el recurso va estupendamente: les ha permitido permanecer bien atendidos en su casa, un cortijo en un diseminado de Dalías y la auxiliar de ayuda a domicilio, Carmen, una gran profesional, tiene un vínculo muy fuerte con estos hermanos. Tal es así que José ha confesado a Carmen (y Carmen me lo ha trasladado) que tiene un sobrino (por parte de su mujer, ya fallecida) que se está quedando con el dinero de su pensión y se ha quedado con el ganado que José tenía, sin contraprestación alguna. José se muestra impotente y le aterroriza la idea de denunciar al sobrino porque teme su reacción, pero me pide ayuda para detener este expolio.
Podemos observar que se trata de tres situaciones diferenciadas: en las dos primeras hay una presunta incapacidad para autogobernarse a causa de la demencia, aunque en el primer caso no hay familia y en el segundo sí. El tercer caso es un claro ejemplo de expolio patrimonial
¿Qué dice la ley al respecto?
En Andalucía estas cuestiones las regula la
Ley 6/1999, de 7 de julio, de atención y protección a las personas mayores. La protección jurídica se regula en el Título X, aunque tendremos que acudir al Decreto 23/2004 por el que se regula la protección jurídica de las personas mayores (puedes consultarlo
aquí) para concretar más.
Tanto la ley como el decreto ponen el énfasis en la denuncia, ya sea por parte de familiares o de los profesionales, y cuando digo profesionales no me refiero solo a los profesionales de los servicios sociales, que ese es uno de los problemas con los que nos encontramos: el resto de profesionales (salud, policía, etc) entiende por denuncia la derivación a los servicios sociales, con su paquetito y su lazo y ¡hale!.
La cuestión central es la siguiente: la ley no está enfocada a la protección de las personas mayores en el medio sino que se sitúa más bien en la protección de las personas en entornos residenciales, por otra parte, el decreto claramente hace aguas por todas partes porque se limita a insistir en la denuncia y a manifestar que en casos de maltrato y demás se iniciará una investigación; el art. 9.3, que se ocupa de las situaciones de urgencia dice así:
Cuando la atención requerida por la persona mayor no admita demora, la concesión de los servicios de atención domiciliaria o de ingreso en un Centro residencial se efectuará en el plazo máximo de diez días.
(Cuando leí este artículo me quedé muerta en la bañera, quienes hayan intentado hacer un ingreso en 10 días sabrán a qué me refiero):
¿Qué ocurre en la práctica?
Volvamos a nuestros tres casos:
1. Fast and furious:
Pedro no tiene reconocimiento de dependencia. Actualmente la única vía para ingresar en residencia es a través de la Ley de Dependencia, que como sabemos, no puede solicitarse de oficio y Pedro, como ya he dicho, se niega siquiera a hablar con nosotros (es agresivo). Existe también un procedimiento llamado "ingreso a través de exclusión social" pero esos ingresos los decide "Sevilla" en la friolera de 3 o 4 meses (lo de los diez días, vamos). Por mi parte, he enviado un informe social a la fiscalía, acompañado de...digamos... un papelillo que he conseguido tras mucho esfuerzo que el médico de cabecera se digne a cumplimentar (que es el profesional que tendría que acreditar la demencia ¿verdad?) en el que pone la medicación que Pedro toma y una serie de códigos que seguro que al Juez le encantará leer. Comienza la fiesta... En vista de que Pedro deambula bastante más rápido que mi informe por la fiscalía, mi jefa acude al juzgado de primera instancia. ¿Qué le dice el juez? Pues que tiene que esperar al informe de la fiscalía y que todos están muy liados y blablabla. No sé si llegará el informe al juzgado antes de que Pedro aparezca atropellado. No puedo hacer más. El centro de salud no sabe no contesta. Los vecinos piensan que los servicios sociales somos unos incompetentes, y puede que tengan razón.
2. Los lunes al sol:
Aquí la cosa toma tintes de película de Berlanga. Puesto que no hay una situación de riesgo social (no existe abandono, ni maltrato, ni expolio, ni desatención por lo que no procede la actuación de la fiscalía) y la señora está reconocida como dependiente, hago un cambio del recurso de PECEF a residencia y la Junta me dice que si la señora se niega a ingresar no pueden aprobar el nuevo recurso sin orden judicial, o al menos solicitud de ingreso involuntario y me dicen que pida a la familia que se dirija al juzgado y lo solicite. La familia acude al juzgado y ATENCIÓN: no les recepcionan la solicitud, instándoles a que acudan a los servicios sociales. A estas alturas la familia, además de desesperada, está a punto de incendiar el centro, el juzgado o algo. Mi jefa vuelve a hablar con el juez QUE LE DICE que habrá sido un malentendido, pero que además todo irá más rápido SI LA FAMILIA DENUNCIA A SU MADRE por agresiones, ya que se inicia un procedimiento penal. La hija me responde entre lágrimas ¿además de llevarla a una residencia como la voy a denunciar, si lo que tiene es alzheimer? Todavía esperamos plaza residencial.
3. Atraco a las tres:
Este caso, que ha sido denunciado a través de informe en fiscalía, también tuvo una respuesta digna de Mr. Bean por parte del Juez así que nos hemos ido a denunciar a la Guardia Civil y en estos días tengo previsto que venga el sobrino a partirme la boca puesto que la denuncia es mi informe.
¿Existen soluciones?
Obviamente: un nuevo decreto que regule más concretamente las actuaciones en estos casos y la firma de un protocolo andaluz entre las instituciones implicadas en las que TODOS sepamos qué es lo que tenemos que hacer y lo más importante, que esté regulado que es NUESTRA OBLIGACIÓN hacerlo.
Actualmente, Andalucía no es comunidad para viejos.
Se me nota el mosqueo ¿verdad?
Hasta la semana que viene.
PD. Para temas de envejecimiento activo te recomiendo que visites el blog de Trinidad Viña Ayude, de quien he tomado prestado el nombre de esta entrada. Su blog se llama ¿No es país para viejos? y puedes leerlo a través de la blogoTSfera o en
este enlace.
6 Comentarios
Una entrada de altura, Belén, y con la que me siento totalmente identificado. Diría que hasta la necesitaba. Es necesario difundir las dificultades con las que nos encontramos y hasta los riesgos que asumimos, aunque por desgracia al final los Servicios Sociales ante estas situaciones quedamos de ineficaces. En fin, entiendo tu cabreo. Un abrazo!!
hola, estas tres situaciones que has descrito, que por otro lado son situaciones que ocurren todos los días, cuando estas dentro de la administración no te puedes explicar que vayan tan lentas, que sean tan costosas de resolver, que tengas que ir detrás de otros profesionales para que hagan su trabajo, y entonces es cuando entiendes que a la familia en algunas ocasiones, siempre pocas pierdan los papeles, y entonces lo que transmiten los medios de comunicación es " usuario violento agrede", pero no cuentan la primera parte…un saludo. Cheli
Muy bueno! pero por desgracia ,en éste país todo lo que es urgente va muy lento!
Ya esperaba tu respuesta en esa línea, jjajajajaja… Ya hablaremos otro día de los dilemas éticos, espero tu entrada al respecto, eh…
Sabes, cuando yo trabajaba en Andalucía, pensaba igual, totalmente, pero ahora que veo en Madrid, con la facilidad que se produce los ingresos involuntarios…A veces llego a pensar que la lentitud es una garantía para la persona…R
Atinado relato de las difíciles situaciones con las que tenemos que lidiar día a día en los servicios sociales. Magnífica denuncia.